tabber

Home » , » El adulterio en la Edad Media

El adulterio en la Edad Media

Written By Jesus on miércoles, 27 de febrero de 2013 | 0:30


A pesar de estar públicamente condenadas, las relaciones extramatrimoniales no eran infrecuentes en la Edad Media. Los adúlteros eran castigados severamente con penas pecuniarias, mientras que las concubinas podían llegar a ser azotadas en la plaza pública.

Las penas eran más severas para el caso de las mujeres infieles. Toda mujer casada encontrada en flagrante delito de adulterio perdía toda su dote en beneficio del marido o de los hijos y, además, podía ser azotada en público y expulsada de la casa conyugal o incluso de la ciudad en la que residía. Es más: con el paso del tiempo se llegó a legitimar el uso de la violencia y se daba por bueno el asesinato del amante y de la adúltera, siempre en defensa del honor del ofendido. 

k

Y es que para la sociedad medieval, los deslices que cometían las esposas suponían un gravoso extra que contribuía a poner en peligro el orden natural establecido de la descendencia y la transmisión de la herencia familiar, ya que introducía a hijos e hijas bastardos. El adulterio se convertía en un atentado contra el honor del marido y de su familia, a su buena fama pública, que exigía ser restituida con el recurso a la a la violencia.

En Roma, a lo largo del siglo XIV, si el adulterio se cometía con un pariente, aunque éste fuera de tercer grado, se consideraba incesto, la mujer era condenada a la hoguera y el seductor decapitado.

Pese a tan severas penas, el adulterio era frecuente por aquella época. La razón no era otra que las muchas dificultades existentes para disolver un matrimonio. De hecho, éste no podía ser disuelto de no demostrarse la existencia de una relación anterior, en caso de consanguinidad probada, impotencia por parte del varón o esterilidad por parte de la mujer.



Existían, sin embargo, separaciones de mutuo acuerdo. Así, un documento de 1431 expedido ante un notario de Parma, expone el caso de Pasquina Mateoli, una ama de casa natural de Roma, y su manido Simone di Marezzo, tejedor de profesión. En el documento se dice que, tras diferencias continuadas que solían acabar con palizas e insultos hacia la mujer, los cónyuges aceptaban vivir bajo distinto techo hasta que ambos cambiaran de opinión.

El documento no deja de ser curioso, puesto que el maltrato físico a la mujer estaba ampliamente aceptado por la sociedad siempre que, como puntualizaba un protocolo notarial expedido en Brescia en 1378, se aplicara "de forma honesta y justa, con el consentimiento jurídico según la costumbre de los hombres de bien corregir y castigar a sus buenas y honestas consortes".

Más de seiscientos años después, hay quien continúa considerando válido el argumento del docto notario italiano.

Share this article :

Publicar un comentario

 
Support : Creating Website | Johny Template | Mas Template
Copyright © 2011. Seg - All Rights Reserved
Template Created by Creating Website Published by Mas Template
Proudly powered by Blogger